- 20 May, 2022
- Posted by: Jonathan Lorca Monasterio
- Categories: Comunicaciones, Escuela de Lenguaje Ayllu, Escuela Nro 1, Jardín Las Almendritas, Liceo Diego de Almeida, Noticias

La Fundación Educacional El Salvador, en su calidad de entidad sostenedora, informa a los padres, madres, apoderados y estudiantes que, según lo dispuesto por el Ministerio de Educación, en los establecimientos educacionales FEES, se aplica para la realización de actividades y clases presenciales para el año escolar 2022.
Con fecha 29 de abril de 2022, la Superintendencia de Educación dictó la resolución exenta N° 302, que se ajusta al plan “Seguimos cuidándonos. Paso a Paso” del Ministerio de Salud, que actualizó una serie de medidas sanitarias por brote Covid-19, y las “Orientaciones para el reencuentro educativo para sostenedores y comunidades educativas” del Ministerio de Educación.
Las principales variaciones que instala la nueva resolución en términos pedagógicos y sanitarios son las siguientes:
- Apertura y presencialidad: todos los establecimientos educacionales deberán retornar a la presencialidad, incluyendo la asistencia obligatoria de los y las estudiantes. En el caso que por razones derivadas de la emergencia epidemiológica no se pueda cumplir con la presencialidad, los establecimientos podrán desarrollar actividades educativas remotas con sus estudiantes.
- Plan de actividades remotas: Los establecimientos deberán contar con un plan de actividades educativas remotas, tanto sincrónicas como asincrónicas, para mantener la continuidad de los aprendizajes.
- Registro de asistencia: todos los establecimientos deben registrar la asistencia en los términos descritos en la Circular 30 del 14 de enero de 2021. Aquellos que deban desarrollar trabajo educativo remoto, deberán llevar un registro alternativo al libro de clases. Finalmente, el registro SIGE debe coincidir con el registro de asistencia presencial, sin considerar el registro alternativo.
- Sobre el deber del cuidado: los establecimientos deben prestar el servicio educativo, sea éste presencial o remoto, resguardando y respetando los derechos y deberes consignados en la Ley General de Educación, incluyendo el deber de cuidado y promoción de la buena convivencia.
- Vigencia de reglamentos internos y protocolos de actuación: los establecimientos deben capacitar anualmente a su personal directivo, docente y asistente sobre promoción de la convivencia y resolución de conflictos, y dar cumplimiento a la circular aprobada con la Resolución Exenta 482 del 22 de junio de 2018.
- Diálogo y participación: consigna la importancia de trabajar con consejos de profesores, escolares y de educación parvularia, así como consejos de curso y otras instancias de diálogo con todos los actores de la comunidad educativa, dando especial importancia a la construcción de comunidad sobre todo con las familias.
3.- Medidas Preventivas contra la exposición al Virus SARS-CoV-2
- Distancia Física: En aquellos cursos en que al menos el 80% de los estudiantes ya cuente con esquema completo de vacunación no será obligatorio mantener distanciamiento físico.
- Uso de Mascarilla:
- En espacios cerrados: Obligatorio en todas las fases del Plan “Seguimos Cuidándonos, Paso a Paso”.
- En espacios abiertos: Voluntario en fase de medio o bajo impacto siempre y cuando pueda asegurarse el distanciamiento físico de 1 metro de distancia de acuerdo a lo establecido en el Plan “Seguimos Cuidándonos, Paso a Paso”.
- Ventilación de Espacios:
- Se deberá favorecer siempre, en la medida de las posibilidades de cada lugar, las actividades al aire libre.
- Se deberá mantener ventilación cruzada, con puertas y ventanas enfrentadas, abiertas en forma permanente, para que el aire circule.
- En aquellos casos en que no sea posible realizar la ventilación cruzada por razones climáticas o problemas de infraestructura, se debe ventilar cada 30 minutos por un periodo de 10 minutos, verificando que el aire se está renovando.
- Limpieza y Desinfección: El procedimiento de limpieza y desinfección deberá de realizarse al menos una vez finalizada la jornada
diaria y entre la jornada de mañana y tarde. - Lavado de manos y uso de alcohol gel: El establecimiento deberá contar con jabón y agua potable en los recintos destinados a servicios higiénicos. A su vez deberán disponer de soluciones de alcohol gel en los recintos docentes (aulas, salas de actividades, biblioteca, talleres y laboratorios) y pasillos del establecimiento educacional.
- Trazabilidad de casos: Se deberá mantener la organización de grupos estables y disposiciones fijas de ubicación de estudiantes en las salas de clase, esto en la medida que la organización interna del establecimiento educacional lo permita.
- Resguardo durante tiempos de alimentación: Se deberán implementar sistemas de turnos, considerando la capacidad del comedor o recinto destinado por el sostenedor, disponiendo de diversos espacios para mantener distancia física entre estudiantes al momento de sacarse la mascarilla.
Puedes revisar la Resolución Exenta 0302 aquí.
Dirección Técnico Pedagógica, Unidad de Prevención de Riesgos & Comunicaciones FEES
Fuente: https://www.supereduc.cl/